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Cambios en el IVA europeo y cómo afectará al comercio online

Por Santiago Domeque Arias Comentarios (5)
Cambios en el IVA europeo y cómo afectará al comercio online

Internet ha brindado la oportunidad de poder vender a cualquier punto del planeta desde el lugar más recóndito. El comercio online ha tenido un auge exponencial en los últimos años, provocando que en casi todos los procesos de compra esté presente, aunque la compra no se realice finalmente en una tienda online.

Esto ha originado la necesidad de establecer regulaciones en el ámbito financiero, estas normativas tienen como objetivo controlar que las empresas tributen de manera adecuada en el país que les corresponde. Por ello el IVA actual europeo va a ser actualizado conforme a las necesidades que han ido surgiendo a lo largo de estos años.

Debido a la cantidad de trabas que podían encontrar los exportadores de productos entre los países europeos, se ha optado por centralizar y facilitar el sistema de tributación del IVA. Este cambio en la regulación del IVA era inminente debido a que se calcula que cada año se pierden 50.000 millones de euros por fraudes en la tributación de este impuesto.

De esta manera, también se buscaría un ahorro en costes a largo plazo para las empresas que realizan comercio transfronterizo ya que se calcula que las empresas realizan un esfuerzo de un 11% aproximadamente más, en comparación de las que solo realizan ventas en el ámbito nacional.

Hoy te presentamos las últimas novedades en la normativa europea y española sobre el IVA para que puedas aplicarlas a tu tienda online.


Situación del IVA actual

Más de un 60% de la población europea compra vía online, lo que ha supuesto un esfuerzo para la Comisión Europea el hecho de establecer un régimen de IVA entre países europeos. Actualmente, las exportaciones entre países miembros de la Comunidad Europea están exentas de IVA, cuando se trata de una transacción entre dos comerciantes o empresas. Por ejemplo, si un vendedor de sábanas de origen español compra tela a un fabricante polaco, el comprador español deberá autoliquidar el IVA en España, ya que la factura no tendrá IVA incluido.

Por otro lado, si se trata de una venta a un particular, deberá quedar reflejado el IVA del país de origen del vendedor, el cual tendrá que repercutirle el IVA al comprador. Por ejemplo, si un usuario particular de origen polaco realiza un pedido de camisetas a día de hoy a una tienda online ubicada en España, habría que realizar una factura donde reflejase el 21% de IVA actual español.

Lo que se buscará con el cambio es facilitar el proceso en estos casos para crear una competencia más justa en todo el territorio europeo y evitar los fraudes fiscales. Esta nueva medida ha surgido con la ambición de llegar a perfeccionar el Plan de Acción del IVA, formulado en 2016 y el cual se está optimizando para evitar distinciones en el ámbito financiero y tributación en toda la Eurozona.

Cambios en el IVA en España

El 1 de Julio de 2021 entrará en vigor una nueva regulación en el IVA online debido al auge de la venta a distancia ocasionada por la Covid-19. El objetivo de esta reforma será evitar pérdidas de ingresos en concepto de impuestos e intentar frenar significativamente los fraudes del IVA en el ámbito europeo. De esta manera las empresas pertenecientes y no pertenecientes a los estados miembros de la Comunidad Europea competirán en igualdad de condiciones.

Estos cambios establecidos por la Comisión Europea quieren mejorar el funcionamiento de la tributación en el entorno online. Esto podría representar un reto para algunas tiendas online, por lo que recomendamos contratar los servicios de un asesor fiscal que facilite y agilice las tareas.

Los cambios principales que rodea esta reforma del sistema de tributación sobre las ventas por internet son las siguientes:

Reducir y unificar los umbrales en las ventas a distancia

Uno de los cambios más significativos en esta regulación es que; si las ventas a otro país miembro de la Comunidad Europea superan los 10.000 euros en la facturación anual en lo que a exportaciones se refiere, se deberá liquidar el impuesto de ese país de destino con su tipo de IVA. Hasta ahora España tenía un umbral de 35.000 euros anuales mientras que otros países como Alemania lo tenían de 100.000 euros. Como las cifras indican, era mucho más llamativo el que una empresa alemana comercializara en Europa que una empresa española.

Esta nueva reforma del sistema del IVA evitará que haya distinciones en estos umbrales entre los IVAs Europeos. Además, esta tributación de las ventas por internet se hará mediante una plataforma única llamada “Ventanilla única de la UE” para facilitar el cumplimiento de la legislación a los ecommerce.

Nueva legislación del IVA europeo


Aparición de la plataforma “Ventanilla única”

Para evitar que las empresas no declaren el IVA correspondiente a sus ventas interfronterizas, la comisión europea ha creado la plataforma “Ventanilla única” a través de la cual no solo se declarará, sino que se pagará el IVA europeo en función del país destinatario.

Esto provoca que a partir del 1 de julio, las empresas que realicen ventas a través de internet a otros países miembros de la comunidad europea no tendrán que darse de alta a efectos fiscales en otro estado miembro. De esta manera habrá un mayor cumplimiento de la normativa del IVA ya que solo hará falta darse de alta en esta plataforma.

ventanilla única del IVA europeo


Los marketplaces, responsables de recaudar el IVA

Otro de los cambios que va a afectar a la hora de tributar el IVA entre países europeos, es que los marketplaces van a ser los responsables de recaudar el IVA entre sus vendedores para posteriormente ser el propio marketplace el que tenga que declararlo.

Hasta el día de hoy, los marketplaces eran meros intermediarios que no estaban involucrados en la tributación del IVA. Sin embargo, tras esta nueva reforma del sistema, serán reconocidos como si compraran el producto y lo vendieran al consumidor final. Deberán por tanto tener un registro de las transacciones de los últimos 10 años y tributar en la plataforma de “Ventanilla única” como cualquier otra empresa que se dedica a la venta por internet.

IVA en marketplace


Fin de la exención del IVA en la importación

El último cambio significativo es el fin de la exención del IVA entre países europeos en las importaciones. Hasta ahora, todas las importaciones de escaso valor procedentes de países de la comunidad europea estaban exentas de tributar el IVA español, más concretamente con un valor inferior a 22 euros.

Esta exención ha llegado a su fin con la llegada de este cambio en la regulación, sin embargo, se mantiene la exención del pago del impuesto aduanero para importaciones inferiores a 150 euros.

Efectos del nuevo IVA en el mundo online

Europa busca favorecer la competitividad entre países y sobre todo la unificación como Comunidad Económica donde cada vez se van regulando más aspectos financieros para llegar a la equidad entre estados. Además, con este cambio en el Plan de Acción se prevé que se reduzca de una manera muy significativa el fraude que ha estado habiendo estos años a la hora de tributar el IVA entre países europeos. Esto se debe a que ahora al estar tan centralizado desde una misma plataforma se podrá llevar mayor control de las transacciones y se reducirán las malas prácticas.

La directiva de cada tienda online, siempre que se dirija a un público intracomunitario, deberá estudiar en profundidad de qué manera puede afectar a su negocio estos cambios en el sistema del IVA. A partir del 1 de Julio, se abrirá una nueva línea en las carteras de las gestorías que se propondrá el asesorar al sector de la venta por internet e incluso realizar las gestiones pertinentes en la “Ventanilla única”.

A partir de ahora, los comercios electrónicos deberán conocer qué tipo impositivo de IVA hay que tributar en cada país europeo al que dirigen ventas. Esta nueva regulación de IVA intracomunitario pretende centralizar los trámites con su nueva plataforma, evitar el fraude y optimizar la tributación del IVA entre países europeos eliminando el exceso de burocracia.

Resumen de los cambios de IVA en España

La Comisión Europea busca un sistema del IVA definitivo que funcione a favor de un mercado único desde hace mucho tiempo para satisfacer la necesidad de tener una sola vía en la tributación del IVA en toda Europa. Es por ello que el Plan de Acción del IVA del año 2016 ha sido sometido a algunos cambios.

El 1 de Julio de 2021 entrará en vigor una nueva regulación en la cual se busca centralizar y facilitar la tributación del IVA con los siguientes cambios:

  • Reduciendo y unificando los umbrales del IVA de todos los países a 10.000 euros anuales en facturación intercomunitaria.
  • La "Ventanilla Única" como única plataforma para realizar la tributación.
  • Los "Marketplaces" también serán responsables de recaudar el IVA entre sus vendedores y tributarlo.
  • Fin de la exención del IVA en las importaciones.

De esta manera se buscará evitar el fraude en la tributación del impuesto y aumentar la competitividad entre los países miembros, ya que hasta ahora podía haber algo de desigualdad en las tributaciones por las condiciones de cada país. De esta manera se centraliza todo en Europa y ya no se dependerá de pertenecer a un país u otro para disfrutar de según que ventajas.


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Comentarios


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#5061 Eugenio Cabrera dice:

Dices más arriba: "Por ejemplo, si un vendedor de sábanas de origen español compra tela a un fabricante polaco, la transacción estaría exenta, y por lo tanto no se debería tributar el IVA." ¿Seguro Domeque?

#5064 Palbin en respuesta a Eugenio Cabrera:

Buenos días Eugenio, en el caso que planteamos se debe de realizar una autoliquidación del IVA haciendo que el comprador contabilice de forma simultánea el IVA soportado y el repercutido, anulándolo así en la misma operación.

#5067 Eugenio Cabrera dice:

Por ejemplo, si un vendedor de sábanas de origen español compra tela a un fabricante polaco, el comprador español deberá autoliquidar el IVA en España, ya que la factura no tendrá IVA incluido.

Ahora sí. Bien por vosotros!

#5191 Maria dice:

Buenos días, tengo una consulta sobre la ventanilla única (OSS). ¿Si soy autónomo en régimen de recargo de equivalencia y realizo ventas, a través de Amazon, a clientes tanto de España como de países miembros de la Unión Europea, estoy obligada a realizar la declaración por ventanilla única OSS? Según el régimen de recargo de equivalencia presento el Modelo 309 trimestralmente pero debo presentar también el 369 a través de OSS? ¿Tendría algún requisito especial a la hora de la declaración por OSS o la ley aplica de la misma manera? Por otro lado, ¿Las ventas a declarar en la Ventanilla Única OSS son sólo las ventas a distancia o todas las ventas que realizo? Es decir, si realizo ventas desde España a clientes españoles superiores a 10.000€ pero a clientes de la Unión Europea no alcanzan los 10.000€ ¿debo declararlas a través de ventanilla única OSS? Gracias,

#5195 Jose Aranda en respuesta a Maria:

Buenos días María.

Este artículo fue sacado para informar a los clientes de los cambios que se iban a producir en el mundo del ecommerce, para casos concretos te recomendamos que consultes con un gestoría que pueda ayudarte con tus necesidades, ya que nosotros no podemos te asesorar en temas fiscales.


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